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jueves, marzo 6, 2025

Declara TEEMICH existencia de vulneración a derechos político-electorales a Regidora de Epitacio Huerta

Alma Rosa Bahena Villalobos, Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Estado (TEEMICH), Yurisha Andrade Morales, Magistrada; y Everardo Tovar Valdez, Magistrado en sesión pública del día de hoy resolvieron un procedimiento especial y dos juicios de la ciudadanía.

En el TEEM-PES-003/2025 promovido por el Partido de la Revolución Democrática en contra del entonces candidato a la Presidencia municipal de Morelia, postulado por los partidos políticos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México, así como de diversos medios de comunicación, por la presunta comisión de infracciones a la normativa electoral, consistentes en actos anticipados de campaña, calumnia electoral, violaciones en materia de encuestas y a los principios de imparcialidad, equidad y legalidad en la contienda electoral, las magistraturas decretaron la inexistencia de las conductas ya que las publicaciones denunciadas fueron realizadas por medios de comunicación en ejercicio de su labor periodística, pues de ellas no se advierte alguna clase de apoyo o estrategia para posicionar al denunciado ante el electorado, ni mucho menos que se trate de casos de simulación o abuso en el ejercicio de este derecho, además de que no existen elementos que demuestren que las notas periodísticas fueron difundidas de manera dolosa y ventajosa a favor del denunciado o imputen un hecho o delito falso.

Posteriormente, en el TEEM-JDC-276/2024 que presentó una Regidora del Ayuntamiento de Epitacio Huerta contra el Presidente Municipal y Tesorero de dicho Ayuntamiento, por la omisión de proporcionarle la información que solicitó mediante escrito de siete de noviembre de 2024, vulnerando su derecho de ser votada, en la vertiente del ejercicio del cargo, el TEEMICH resolvió declarar existente la vulneración a los derechos político-electorales de la actora, ya que en  autos no obra constancia alguna con la cual se acredite que la información le haya sido entregada; en este sentido, se vinculó al Presidente y Tesorero del Ayuntamiento de Epitacio Huerta, Michoacán, así como a la actora, para que se le garantice el acceso a la información que en el ejercicio del cargo le corresponde.

En el tercer asunto, el TEEM-JDC-038/2025 el Pleno analizó el juicio presentado por una ciudadana residente de la colonia Los Ángeles, en Morelia quien demandó la omisión de este Ayuntamiento, del Secretario y de la Comisión Especial Electoral Municipal, de emitir la convocatoria para la Encargatura del orden de esta colonia; al respecto se resolvió desechar el medio de impugnación al haber quedado sin materia, dado que, se acreditó la fecha de emisión y públicación de esta  convocatoria.

Finalmente las magistraturas del Pleno, tomaron protesto a Aldo Ándres Carranza Ramos como Secretario Instructor Proyectista del Tribunal Electoral del Estado.

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