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martes, noviembre 26, 2024

OUSTSOURCING: UNA NUEVA FORMA FINA DE EXPLOTACIÓN DEL TRABAJO SUBASALARIADO

J MA. CARDONAHoy se debate en el Senado de la Republica el tema del oustsourcing o subcontratación laboral en el país, que de acuerdo a la Ley Federal de Trabajo, está permitido que las empresas de cualquier tipo puedan contratar personal o recursos humanos a otras empresas especializadas para reclutar personal, con la finalidad de disminuir costos en “capital humano” y aumentar la productividad de las empresas.

El debate consiste, en cómo combatir las practicas supuestamente ilegales de estas empresas que en una buena parte evaden sus obligaciones fiscales y de aportación al Instituto Mexicano del Seguro Social, ya que tienen registrados a los trabajadores con un salario mínimo lo que repercute en sus prestaciones como el derecho a la pensión y al crédito para la vivienda por medio del Infonavit.

Pero desde que se reformo la ley laboral y con ello se legalizo esta nueva forma de contratación de los trabajadores, inferiores en condiciones al empleo formal con derecho a la seguridad social donde actualmente existen 20.5 millones de trabajadores, es una moderna forma de explotación de trabajo más fina y oculta.

Al interior del senado se debate la desaparición de esta forma de contratación laboral porque como ya se indico es lesiva para los derechos de los trabajadores en general y es por ello que el Senador Napoleón Gómez Urrutia propone la eliminación de esta forma en la legislación laboral.

Por otra parte las cúpulas empresariales del país, al conocer la iniciativa aprobada con carácter de dictamen por parte de la Comisión de Trabajo del propio senado se lanzaron en contra del Senador Gómez Urrutia por lo que fue necesaria la intervención del coordinador de los senadores Ricardo Monreal quien congelo el dictamen y llamo a una consulta a todos los actores productivos mediante la figura de parlamento abierto.

De acuerdo a la Secretaria del Trabajo y Prevención Social, Luisa María Alcalde, en el país existen 5 millones de trabajadores contratados bajo esta figura.

La ley laboral contempla el outsourcing o subcontratación legal e ilegal, la segunda ha dañado las finanzas públicas del país y el patrimonio del IMSS donde de acuerdo a su director Zoé Robledo, esta institución ha dejado de percibir 21 mil millones de pesos correspondientes a cuotas no cubiertas.

La mayoría de las empresas dedicadas al outsourcing o subcontratación laboral en su mayoría no están supervisadas por las autoridades de la Secretaria del Trabajo desde que se aprobó esta forma de contratación laboral, contenida en el artículo 15, incisos A, B y C de la Ley Federal del trabajo por lo que tanto las autoridades hacendarias y del trabajo iniciaran una campaña de inspección sobre estas empresas.

De acuerdo a la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano, existen dos tipos de oustsourcing: uno “bueno” y otro “malo”. El primero consiste en registrar a los trabajadores con el puesto, sueldo y prestaciones reales; los pagos al trabajador son con recibos timbrados por el SAT;

El “malo” registra a los trabajadores como socios de sindicatos o como independientes, y no con su sueldo real; paga bajo otras modalidades, como honorarios, pólizas de seguros o derechos de autor; en ocasiones si timbra, pero sólo una parte del sueldo.

De acuerdo a Amech, las cifras sobre el tema son las siguientes: 27 empresas de oustsourcing están agremiadas a la AMECH; todas han sido auditadas para verificar que sus empleados están dados de alta en el IMSS con su salario real y cuentan con todas sus prestaciones sociales.

165 mil puestos de trabajo crean las empresas asociadas a la AMECH.

De acuerdo a información de la Secretaria de Hacienda, la evasión fiscal alcanza un monto de 324 mil millones de pesos por parte de la mayoría de las empresas dedicadas al oustsourcing.

Pero el debate no está en cómo regular esta forma de contratación laboral existente en el país y al nivel global, sino que es una nueva forma que evade las obligaciones laborales y de seguridad social de parte de los patrones hacia los trabajadores.

Es una forma más fina de explotación del trabajo ya no asalariado, sino por debajo de esta figura jurídica-laboral que está por debajo de las condiciones mínimas que marca la Ley Federal del Trabajo y que no garantiza la permanencia en el empleo, ya que este tipo de contratación laboral es muy alta en rotación en los puestos de trabajo porque la permanencia esta al criterio del que contrata los servicios de las empresas subcontratadoras; por lo tanto el trabajador contratado bajo esta figura no tiene en los hechos ninguna garantía laboral menos de prestaciones sociales.

Esto significa una forma nueva de la precarización del trabajo sub-asalariado y que a los empresarios le significa un aumento importante de la tasa de explotación de los trabajadores y por lo consiguiente el aumento extraordinario de las utilidades o las ganancias, aparte de la evasión fiscal; se puede decir que es una nueva forma de robar el trabajo ajeno al trabajador por parte de los empresarios como no lo conoció y dijo el barbudo de Carlos Marx.                    

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