Mediante reforma realizada al Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2022, se incorporan las entidades federativas de Sinaloa y Zacatecas al mismo; originalmente se contemplaban solamente los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas.
La Constitución Política de la República Mexicana de 1857 finalizaba con la frase “Dios y libertad” e iniciaba precisando que la misma se dictaba en un Congreso Extraordinario Constituyente en nombre de Dios y supuestamente con la autoridad del pueblo mexicano, un texto deliberadamente parecido al modelo norteamericano.
El pasado miércoles 19, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en una edición vespertina del Diario Oficial de la Federación daba a conocer el Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, con una vigencia a partir de esa fecha y hasta el 20 de julio entrante; cuarenta y ocho horas más tarde se publicaba en el mismo órgano de difusión una fe de erratas que a todas luces nada tenía de equivocación; Decreto vinculado con el "Acuerdo por el que se Instruyen Diversas Acciones a las Dependencias que se indican, en Relación a la Importación Definitiva de Vehículos Usados", publicado en el mismo órgano el 18 de octubre de 2021.
Las personas físicas que hayan obtenido ingresos anuales por ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado o bajo cualquier otro concepto a que se refiere el Capítulo relativo en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que excedan de 400 mil pesos en el ejercicio fiscal, se encuentran obligados a presentar declaración anual ISR, esta disposición se encuentra en el inciso b) del último párrafo del artículo 97 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y no deriva de la resolución miscelánea fiscal para el año 2022 tal como diversos medios de comunicación han informado en los últimos días, la obligación no es nueva.
Uno de los requisitos para el canje de placas en Michoacán en este año es la presentación de la “factura” original que ampare la propiedad del vehículo objeto del trámite, situación que es importante considerar ya que a partir del año 2014 las reglas en materia de expedición de comprobantes fiscales cambió de manera sustancial, terminando la existencia de las llamadas “facturas en papel”, migrando a los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDIS).
A través de una obra de arte se reflexionará acerca de sus características físicas como de su expresión y significado
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